A lo largo de mi trayectoria como consultora en el ámbito fiscal, con frecuencia se acercan personas con diversas necesidades, con problemáticas variables, con negocios de toda clase y en desiguales etapas de crecimiento empresarial, sin embargo, todos tienen algo en común; se plantean las mismas interrogantes: ¿Cuál es el régimen Fiscal al que debo incorporarme?, ¿Cuál régimen fiscal me conviene más? y aunque parezca muy agudo o una respuesta graciosa, del mismo modo que el cuestionamiento, resulta reiterativa la respuesta: -depende-
¿Depende?… Y si bien es cierto esta palabra no basta como una respuesta, la determinación del régimen fiscal más adecuado para cada tipo de negocio, y en especial para aquellos que comienzan la aventura en el mundo del emprendimiento sí lo es; ya que para delimitar con precisión el régimen predilecto se deben analizar muchas variables, entre ellas: la actividad que se realiza, la visión sobre la que se cimienta el proyecto o hacia que puerto transitará el mismo, es decir; las proyecciones y estimaciones bajo las que se sustenta el plan de negocio y demás conducentes a la obtención de los ingresos, por los cuales deberá realizarse el pago de las contribuciones en específico del Impuesto Sobre la Renta (ISR). Estas razones se abordarán en la entrega del presente trabajo de investigación respecto de aquellas obligaciones fiscales que se tienen establecidas en cada régimen fiscal de la Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR) con la finalidad de coadyuvar al emprendedor a optimizar su carga fiscal y llevar un adecuado cumplimiento, así como de hacer valer sus derechos buscando el beneficio económico.
¿Realizar mi actividad económica como Persona Física o Persona Moral? Para responder la pregunta anterior; debemos aludir a lo establecido en el Código Civil Federal, una Persona Física es un individuo que cuenta con derechos y obligaciones y que lo caracterizan un conjunto de particularidades; además de ello cuenta con capacidad jurídica desde su concepción hasta la muerte y para efectos tributarios que realice alguna actividad económica. Por su parte una Persona Moral es un conjunto o grupo de personas físicas que se concatenan con un fin común y que tienen posibilidad de ejercer derechos, así como dar cumplimiento a sus obligaciones para la realización de su objeto.
ligaciones para la realización de su objeto. Partiendo de lo anterior, debe definirse si se realizará la actividad económica como una persona física o una moral y esto dependerá del tipo de persona y la actividad económica que se desarrolle, así como los ingresos percibidos; Atendiendo lo anticipado ¿qué es un Régimen Fiscal? Este se conceptualiza como “el conjunto de derechos y obligaciones que derivan de la realización de una actividad económica específica, cuya condición es susceptible de organizarse y agruparse para llevar a cabo el control y verificación de las mismas en materia fiscal.” (INEGI,2015)
NEGI,2015) Los regímenes fiscales autorizados por la ley en caso de optar por determinarse como persona física son: régimen simplificado de confianza, sueldos y salarios e ingresos asimilados a salarios, régimen de actividades empresariales y profesionales, enajenación de bienes, régimen de actividades empresariales con ingresos a través de plataformas tecnológicas, régimen de arrendamiento, intereses, obtención de premios, dividendos, demás ingresos. Para el caso de las personas morales los regímenes existentes son: Régimen Simplificado de Confianza, Régimen General de personas morales, personas morales con fines no lucrativos (SAT,2022).
Es mediante la mejor elección del régimen fiscal atendiendo a las necesidades particulares de cada contribuyente que podremos encontrar el máximo beneficio que las leyes conceden y con ello mejorar la oportunidad de emprender mediante la optimización del pago de contribuciones.
Alyssa Marine Vásquez Vicente
Directora de Investigación (Institución privada)