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LOS CAMBIOS FISCALES QUE IMPACTARÁN EN 2021.

 

El año 2021 será un año todavía con efectos económicos adversos derivado de la pandemia, al menos hasta antes de que se aplique la vacuna de forma masiva, situación que impactará en el cumplimiento de las obligaciones fiscales de las personas y empresas, y sobre este escenario se adecuaron los cambios fiscales en el año que inicia para buscar principalmente que no haya una caída recaudatoria en las finanzas públicas. En este sentido podemos clasificar los cambios realizados en las diversas leyes fiscales, en cuatro grandes apartados, por lo que en esta primera entrega solo abordaremos dos de ellos:

 

  1. MAYOR CONTROL FISCAL

El Código Fiscal de la Federación, se realizaron cambios básicamente para dotarle a las autoridades fiscales mayor control sobre la vigilancia en el cumplimiento de las obligaciones de los contribuyentes, tales como:

  • La autoridad enviará vía buzón tributario propuestas de líneas de captura para el pago de los impuestos, es decir la autoridad enviará las declaraciones fiscales prellenadas, con esto se inaugura una nueva etapa en la relación fisco-contribuyente.
  • Se establece la obligación de los que: adquieran bienes, reciban servicios o se les otorgue el uso o goce temporal de bienes de obtener los complementos de recepción de pagos. Hasta el 2020 solo existía la obligación del receptor del pago de emitirlos.
  • Se le cancelará sus sellos digitales y no tendrá oportunidad de tener una restricción temporal, aquellos que la autoridad presuma que están emitiendo comprobantes fiscales de operaciones inexistentes.
  • Cuando se presente una solicitud de devolución de impuestos y la autoridad no localice el domicilio o el contribuyente, no se considerará gestión de cobro, y no interrumpirá el plazo para la prescripción de los saldos a favor.
  • No se podrá cancelar el Registro Federal de Contribuyentes de una sociedad que se haya liquidado si existen diferencias; entre sus comprobantes fiscales emitidos y lo declarado, entre los comprobantes de retenciones y lo enterado.
  • Se podrá asegurar precautoriamente bienes de los terceros relacionados con el contribuyente.
  • Se establece que solo tendrían 20 días hábiles para solicitar un acuerdo conclusivo después de que se levante el acta final, se notifique el oficio de observaciones o se notifique la resolución provisional.

 

  1. PERFECCIONAMIENTO AL RÉGIMEN FISCAL DE LAS PLATAFORMAS DIGITALES.

Como sabemos el día 1 de junio del 2020 entró en vigor en nuestro país el nuevo régimen fiscal de las plataformas digitales, enfocadas a aquellos que: presten servicios de transporte, servicios de hospedaje, o enajenen bienes o presten servicios en general, en el cual se estableció una retención del Impuesto Sobre la Renta y del Impuesto al Valor Agregado, así como diversas obligaciones a las empresas residentes en el extranjero sin establecimiento permanente en México, la autoridad fiscal se dio cuenta que era complicado operativamente para las empresas el esquema de retenciones en materia de ISR que se estableció en 2020, por que se propuso y se aprobó para el 2021, cambios en la tasa de retención para quedarse de la siguiente manera:

 

Como se podrá apreciar de unas tasas variables en el 2020, pasa tasas fijas en el 2021, lo cual para algunos contribuyentes significará mayores impuestos y otros menores, todo dependerá de cómo venían pagando.

Por otra parte, en el 2021 se estable una dura sanción para aquellas empresas que prestan servicios digitales en nuestro país y que residan en el extranjero sin establecimiento permanente en México, en el sentido de sino se cumplen con sus obligaciones fiscales, se les desconectará del internet.

Como se podrá observar existirá mayor vigilancia a los contribuyentes en el 2021, así es que es muy importante que se establezcan controles internos y se cumplan correctamente las obligaciones fiscales, además de que sea en tiempo y forma, ya que no solo es presentar una declaración o pagar impuestos, sino lo importante es hacerlo bien, y para aquellos que rentan propiedades por plataformas digitales que ha ido en auge en la Ciudad de Oaxaca de Juárez, es importante considerar el cambio de la tasa de retención del ISR.

 

 

Alfredo Vivar Álvarez

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