Cuando comenzamos un negocio, difícilmente dimensionamos todo lo que necesitamos para operar y brindar un buen servicio o vender un producto; es el día a día de la operación lo que nos lleva a implementar diferentes estrategias para captar clientes; para diseñar procesos de manera más eficiente con el fin de conseguir proveedores que cumplan con estándares de calidad y de costo, realizar estrategias de mercado que permitan acercar nuestros productos y/o servicios a más clientes, entre otros.
Esas experiencias que obtenemos a través de la operación de nuestros negocios, esos elementos que ponemos en práctica y nos acercan más a nuestros clientes o nos permite producir un producto de gran calidad, con bajos costos para su fabricación; tienen un VALOR. Y de ello se crea un gran conocimiento que genera una ventaja competitiva dentro de nuestro negocio en relación con nuestros competidores y lo que se desea, es mantener esa información en secreto dando acceso restringido a terceros.
¿Qué información puede constituir un secreto industrial?
La información sobre la actividad económica de una empresa, es decir, aspectos técnicos, administrativos, financieros; métodos de evaluación de costos, procesos de producción, fuentes de suministro, cantidades producidas, estrategias de ventas, base de datos de proveedores, base de datos de clientes, estrategias comerciales del negocio, estructura de costos y precios, formas de distribución, perfil del consumidor; y en general toda la información que vamos recabando para la operación de nuestro negocio.
Ese cúmulo de información que se vuelve vital para la operación y administración de una empresa; se le denomina Secreto Industrial, y al divulgarse puede causar un perjuicio grave a su titular.
Por lo que, si detectamos dentro de la empresa este tipo de información que nos permite obtener o mantener una ventaja competitiva frente a nuestros competidores, debemos crear mecanismos para preservar su confidencialidad y acceso restringido, dentro de esos mecanismos se encuentran, entre otros:
Suscribir contratos con nuestros colaboradores que tengan cláusulas de confidencialidad, en la cual se establezca de manera clara y precisa, que la información a la que van a tener acceso por las actividades que van a desarrollar dentro de la empresa, es de uso restringido y no la pueden divulgar con familiares, amigos u otros terceros.
En todas las comunicaciones que se tengan de manera interna dentro de la empresa, utilizar una marca de agua de confidencialidad, porque al realizar esto, estamos informando a los receptores de dicha información que ésta tiene ese carácter y no se puede divulgar.
Suscribir contratos con nuestros proveedores, cuando vayan a tener acceso a información considerada relevante para la empresa, como puede ser, base de datos de nuestros clientes, base de datos de nuestros proveedores y en general información que se haya obtenido del día a día de la operación de la empresa y que no queramos que nuestros competidores tengan conocimiento.
Estas acciones sumadas a otras, como la lista de control que detalle el nombre de las personas que tuvieron acceso a la información o controles informáticos que puede contratar la empresa para administrar y tener el control de quién tuvo acceso a su información; le dan un valor a nuestra empresa y adicional, nos permite iniciar una acción legal.
El usar, apropiarse o divulgar información considerada como secreto industrial sin el consentimiento de su titular, genera acciones legales que puede iniciar el titular, siendo una de ellas una infracción administrativa que se inicia ante el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial, y sanciones en materia penal.
Seamos conscientes de que existe información que se genera en la operación de nuestro negocio que nos otorga una ventaja frente a nuestros competidores, y protejámosla. Y si nos toca estar del otro lado, como colaborador, asesor, trabajador y/o representante; respetemos el secreto industrial de los emprendedores o empresarios que les ha costado constancia y disciplina para la generación de dicha información
Gabriela Valencia
@valenciarangelabogados
Abogada de Valencia Rangel Abogados, S.C
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